Comarca O Ribeiro

Ribadavia

Las corridas llamadas de toros, y que venían a ser lo que las famosas de Noya, aislándose, al efecto, las salidas y entradas de la Plaza Mayor, convertida por las circunstancias en plaza de lidia y los voluntarios del vecindario en toreros. El encargado de facilitar los bichos no era otro que el arrendatario del matadero, según vemos en un acta municipal de 6 de agosto de 1865, Libro de Sesiones y Acuerdos,  en donde accede el Ayuntamiento a la petición de “Fernando González, arrendatario de la casa-matadero de esta Villa, con la obligación de dar como de costumbre las corridas de toros en ella”, que desea “se le permita también como de costumbre en despachar con preferencia las vacas que se corren que son tres cada vez en cada una de las tres épocas del año”.  Los días fijos de corridas de toros, a que asistía oficialmente el Concejo “desde su balcón”, eran, según el Extracto de funciones q.e tiene el Amo. de esta Villa del año 1865, los de Corpus, San Juan, Santiago y los 7 y 9 de las fiestas del Portal. La hubo, por última vez, en su forma tradicional y en la referida plaza, el año de 1899, siendo Alcalde D. Eduardo García Penedo, posteriormente Diputado Provincial por este distrito.  No se conoce ninguna relación completa de las funciones con que se obsequiaba y festejaba a la Virgen del Portal, Patrona de este pueblo,  dado que el Extracto anteriormente mencionado sólo hace referencia al ceremonial de actuación del Concejo en las fiestas mencionadas entre los días 5 y 9 de septiembre:

“El día 7 por la mañana hay corridas, y combidan para ellas un Capitular, y hay danzas.”

 “A la tarde, sale la Villa formada por su Amo. A la capilla del portal, avisando primero el procr. Gral.  Al Prior de la Ora fija, y sale con Gigantes y tambores danzas músicos Procurador  Ministros y Essnos.  De nº, suben Ntra. Señora a la Iglesia Mayor, están a las vísperas y se vuelven formados al Ayunt.o a ver los toros desde el balcón, y a la noche hay fuegos”.

 “El día 9 por la mañana hay corrida como el día 7.”

-“Costea la Villa todo el importe de las fiestas”.

 El Extracto de 1865 concede a las fiestas del Portal una duración de cinco días, si embargo, del 10 al 12 de septiembre, ambos inclusive, se celebraban grandes ferias en la Villa, por lo que cabe suponer que las fiestas se prolongaban y tenían una duración de ocho días como asegura  el

Interrogatorio…de la Villa de 1761, Fol. 10, Núm. 26, “Concurre mucha gente del Reino por espacio de ocho días que duran”.

 Tal era la importancia de las fiestas cívico-religiosas del Portal, que al igual que las de Semana Santa y del Corpus, organizaba y costeaba el Ayuntamiento, como cosa de su especial ministerio, que ni siquiera la Municipalidad republicana se atrevió a suprimirlas en 1869, contentándose con eximirse de la dirección de las mismas, por no considerarlo a tono con su representación, si bien dando por razón que, confiadas a un mayordomo que interesaría en su mayor solemnidad la devoción de los vecinos, resultarían cada vez más solemnes.